Por la falta de regulación, consorcios evalúan prohibir alquileres temporarios en Mendoza

Pese a la creciente oferta y demanda, el mercado aun no cuenta con regulación y el Estado busca dar curso a una normativa. En algunos casos, por pedido de residentes, ya está prohibido su uso.

Los consorcios de edificios pueden regular si una propiedad puede o no ser alquiler temporal. 

Foto:José Gutierrez / Los Andes
Los consorcios de edificios pueden regular si una propiedad puede o no ser alquiler temporal. Foto:José Gutierrez / Los Andes

La creciente demanda de alquileres temporarios en Mendoza ha traído aparejadas algunas preocupaciones para los propietarios e inquilinos de edificios que permiten estas prácticas en la provincia. Desde cuestiones de inseguridad, por la constante circulación de personas desconocidas por las propiedades horizontales, pasando por los ruidos molestos o disturbios, hasta la menor oferta para aquellos que necesitan alquilar por una solución habitacional.

Tal es la preocupación que en algunos consorcios de la provincia ha comenzado a discutirse la prohibición de alquilar la propiedad a los turistas con el fin de preservar la comodidad de otros propietarios e inquilinos. Incluso, conocidos son los casos de algunos edificios donde el alquiler ya está restringido para la opción temporal, u otros donde el uso de algunos amenities solo están disponibles para los residentes.

En algunos consorcios de la provincia ha comenzado a discutirse la prohibición de alquilares temporarios.

Foto:  Orlando Pelichotti/ Los Andes
En algunos consorcios de la provincia ha comenzado a discutirse la prohibición de alquilares temporarios. Foto: Orlando Pelichotti/ Los Andes

Un marco regulatorio

El Senado aprobó el 31 de agosto un proyecto de ley que busca regular los alquileres temporarios con fines turísticos. Los senadores del Frente de Todos (FdT) y de Juntos por el Cambio (JxC) acordaron unificar dos iniciativas, una de la oficialista de Santa Cruz, Ana María Ianni y otro de la radical mendocina, Mariana Juri, para crear un registro a nivel nacional sobre quienes ofrezcan inmuebles para alquileres a turistas.

Esta iniciativa propone regular y desdolarizar a plataformas como Airbnb, que están fuera del marco normativo del Estado, e incluso fija sanciones por incumplimientos.

Según el escrito, “los propietarios o administradores que cuenten con poder o autorización correspondiente para comercializar inmuebles de forma temporaria, los huéspedes y toda persona que comercialice, publicite u ofrezca a través de cualquier medio viviendas de alquiler temporario para uso turístico”.

La propuesta estipula que para que la locación de un inmueble se considere de alquiler temporario debe rentarse por un espacio de entre 1 y 90 días. A su vez, se propone la creación del Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario, en el ámbito del Ministerio de Turismo.

En este contexto, pero nivel internacional, New York regularizó el uso de Airbnb. Hace menos de una semana, la ciudad estadounidense aseguró que los anfitriones de dicha plataforma deberán registrarse como prestadores de alquiler temporario y aumentar el tiempo que ofrecen sus alojamientos a más de 30 días.

Los consorcios pueden prohibir el uso de la vivienda para alquiler temporario

Una de las preguntas que se da con el debate en el Senado, es si un consorcio puede prohibir que el inmueble sea dispuesto para tal fin lucrativo.

Desde el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza, Eduardo Rosta confirmó: “Los consorcios establecen cuáles son los usos, las aptitudes que tiene cada edificio para distintas situaciones. Entonces los reglamentos de la copropiedad establecen las pautas generales de cómo se organiza y cómo se convive en el complejo. Entonces, pueden establecer si tienen animales o si los departamentos pueden ser para oficina, si se pueden hacer fiestas, etc. En esa línea se establece si puede ser apto para Airbnb o no. Todo eso lo deben saber las inmobiliarias antes de ofrecerlo a la venta o en alquiler”.

Avanza en el Senado una ley para regular el alquiler temporario como el de plataformas como Airbnb.
Avanza en el Senado una ley para regular el alquiler temporario como el de plataformas como Airbnb.

A esto se le suma la opinión de Roberto Irrera, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Mendoza: “Todo lo que no esté prohibido se puede hacer. Si no lo dice el reglamento de copropiedad, obviamente se puede pedir por asamblea. Por ejemplo, no autorizar para que se alquile como turístico”.

En el caso de que este consorcio sea antiguo y no tenga previsto normativa para los alquileres temporarios se puede realizar una modificación en la normal, pero eso se realiza con una reglamentación. “Las dos terceras partes deben aprobar a través de una asamblea de propietarios la modificación del uso”, especificó Rosta.

El tema es así, en el reglamento no está prohibido que se puedan realizar alquileres temporales, se pueden realizar, hoy el derecho de propiedad es una cuestión personalísima de cada sector del dominio y hay una moda nueva para el tema turístico que está pasando en la zona de Mendoza en casi todos los departamentos que es el alquiler temporal”, agregó Alejandro Orlando, integrante de la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (Aierh).

En cuanto al nacimiento del consorcio, Alejandro Orlando, especificó que se da cuando se inscribe la propiedad. “Nace cuando vos inscribís el documento en el registro de la propiedad”.

Qué pasa con la seguridad

Uno de los puntos de quienes viven en propiedades horizontales donde se ofrecen este tipo de alojamientos turísticos es la falta de seguridad. Ya que al no conocer a la persona que entra y sale del departamento puede generar cierto temor a la inseguridad. “Es una situación rara por el tema de la seguridad en cuanto a la gente que entra y sale de los edificios, y eso se complica un poco”, explicó Orlando.

Además, el integrante de Aierh aclaró: “Al no haber una regulación clara es una cuestión que aparece nueva y que los edificios muchas veces no están preparados. Antes se permitía que en la planta baja y el primer piso hubiera este tipo de alquileres, entonces de ahí para arriba el edificio sigue teniendo los dueños habituales que se van a hacer las caras, que se centralizan, que hacen reuniones y demás. Eso sería algo ordenado y lógico, pero eso no se da. Ahora el alquiler turístico es una forma de ganarle a la inflación”.

De todas formas, si el inquilino temporario llegara a realizar un daño o molestia a los convivientes, quién se deberá hacer cargo de los costos es el propietario del departamento.

La oferta de alquileres temporarios en Mendoza

Hay múltiples plataformas que ofrecen estos alquileres turísticos, una de las más conocidas en Airbnb. La cuál presenta su oferta a precio dólar, aunque abonando con tarjeta se cobra en pesos (con los impuestos incluidos).

Pablo Scatizzi de Inmoclick aseguró: “En Gran Mendoza en este momento tenemos publicado en Inmoclick en alquiler temporario 110 casas y 150 departamentos. Esta definición de zona comprende Ciudad, Maipú, Godoy Cruz, Luján de Cuyo, Las Heras y Guaymallén”.

La oferta de alojamientos turísticos está en Gran Mendoza.

Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes
La oferta de alojamientos turísticos está en Gran Mendoza. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

“En total en el sitio se encuentran publicados para alquiler 245 casas y 369 departamentos”, confirmó el responsable comercial de Mendoza. Lo que significa que los temporarios representan el 44% de las casas y el 40% de los departamentos ofrecidos.

La demanda de las propiedades para quienes no tiene vivienda propia se ve afectada por esta modalidad de alquileres, ya que muchos dueños prefieren ofrecer sus inmuebles bajo esta modalidad. En la plataforma Airbnb se encuentran departamentos por 18 dólares por noche, también hay opciones en Luján de Cuyo o en Valle de Uco que cotizan entre 30 y 45 dólares la noche.

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