Según un juzgado, la enfermedad de un piloto no es motivo para retrasar un vuelo

La Justicia española marcó un precedente al fallar a favor de un pasajero ordenó un resarcimiento económico.

Imagen ilustrativa - Foto Unsplash
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La justicia española falló a favor de un pasajero que había demandado a una aerolínea porque su vuelo se demoró más de 3 horas " por la enfermedad de un piloto de una compañía aérea”.

Según informó 20 Minutos, el Juzgado de lo mercantil número 2 de Palma de Mallorca ordenó indemnizar con 400 euros al afectado, cliente de reclamador.es.

Aunque una causa de fuerza mayor no da derecho a una compensación económica, en el presente caso se ha resuelto que la enfermedad de un piloto no es una causa extraordinaria.

Por lo tanto “los pasajeros afectados sí que tienen derecho a una compensación”, explicaron fuentes de la compañía online de servicios legales.

“La enfermedad de un empleado de la compañía no puede considerarse una fuerza mayor, ya que desde la aerolínea tiene que haber un protocolo de actuación en situaciones de emergencia para que ese vuelo lo pueda realizar otro piloto disponible”, agregaron.

Un vuelo con una demora de tres horas

El vuelo en cuestión, que tenía como origen Avilés (Asturias) y destino Tenerife (Islas Canarias), ocurrió en septiembre de 2021 y llegó con un retraso superior a 3 horas.

El Reglamento 261/2004 establece una compensación de 400 euros, ya que se trata de un vuelo de media distancia (entre 1.500 km y 3.500 km).

Sin embargo, la aerolínea alegó que la demora se debía a una razón no imputable a la compañía, por ser causada por la enfermedad del primer oficial del vuelo, lo cual consideraba extraordinaria. Pero el juez consideró que la enfermedad de un piloto de un avión no es una causa de fuerza mayor.

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