Despidieron a un empleado estatal por faltar a trabajar 12 días sin justificación

Se trata de un agente del Ministerio de Economía y Energía que se ausentó durante gran parte del mes de septiembre de 2021.

Frente del edificio de Casa de Gobierno de Mendoza
Frente del edificio de Casa de Gobierno de Mendoza

El Gobierno provincial extendió la lista de despidos a empleados públicos por diversas irregularidades. Este viernes se concretó la cesantía de un agente del Ministerio de Economía y Energía que se ausentó de forma injustificada durante 12 días en el año 2021.

Según el Decreto N°1595, publicado en el Boletín Oficial, el agente Hugo Adrián Godoy no asistió a trabajar en el mes de septiembre de ese año en los siguientes días: “3/6/10/13/14/16/17/20/21/27/28/30″.

Entre los considerandos de la norma se destaca que son motivos de cesantía las inasistencias injustificadas superiores a seis (6) días, continuas o discontinuas, en término de seis (6) meses.

Entonces se le inició un sumario administrativo al agente y se le corrió vista para su descargo. Godoy asistió a la audiencia indagatoria pero no presentó descargo. Según expresa el Gobierno entre los considerandos, “teniendo en cuenta la gravedad de las infracciones y los antecedentes del agente, se ha establecido que es razonable aplicar una cesantía en concordancia con las circunstancias de hecho”.

Entonces, el gobernador Rodolfo Suárez decretó:

Artículo 1° - Déjese cesante a partir de la fecha de notificación del presente decreto, al agente Hugo Adrián Godoy, Clase 05- Chofer, Código Escalafonario 05-6-02-02, CUIL N° 20-24917670-3, del Ministerio de Economía y Energía por estar comprendido en la causal determinada por el Artículo 13 inciso a) y d) del Decreto- Ley Nº 560/73 y el Artículo 5º inciso a) de la Ley Nº 9103

Artículo 2° - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia a fin de que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de sus registros.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

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