Guaymallén lanzó una convocatoria para elegir la Reina: cuáles son los requisitos

El municipio abrirá a partir de este viernes el registro de las postulantes para la Vendimia 2023. Hasta el lunes estará abierta la inscripción. Requisitos laxos e incertidumbre a futuro.

Carrusel de las Reinas 2022
 Foto: Mariana Villa /Los Andes
Carrusel de las Reinas 2022 Foto: Mariana Villa /Los Andes

Luego del golpe político que recibió el municipio de Guaymallén por parte de la Suprema Corte de Justicia, que declaró inconstitucional la norma con la que eliminó la elección de la Reina departamental de la Vendimia; el equipo de gobierno liderado por el radical Marcelino Iglesias lanzó una convocatoria exprés para elegir a la representante de la comuna que participará en el certamen provincial, que se desarrollará en el Teatro Griego Frank Romero Day en la Fiesta Nacional de la Vendimia.

Lo cierto es que la propia convocatoria tiene requisitos mínimos, según destacaron a Los Andes, de acuerdo a otro tipo de elecciones comunales de reinas (solo se necesita ser mayor de 18 años y residir por lo menos 2 años en el departamento); y aún el futuro de la elección, así como también el procedimiento, está plagado de incertidumbres, ya que aún no se sabe cómo va a seguir todo este proceso de elección para tener candidatas y posteriormente la reina departamental.

Desde el Municipio de Guaymallén se mostraron reticentes a dar mayores precisiones al respecto, lo que da cuenta el enojo y malhumor que invade a un gobierno comunal que deberá establecer un mecanismo de elección de una reina en sólo 15 días, cuando años anteriores este proceso duraba por lo menos 4 o hasta 5 meses (a partir de fiestas de localidades hasta la departamental).

“Por ahora no se van a realizar declaraciones. Cuando tengamos novedades, las vamos a ir comunicando”, acotaron, y agregaron que “cada novedad será comunicada”.

La fecha clave, por lo pronto, es el 10 de febrero, cuando se desarrollará la fiesta de Guaymallén. De allí deberá surgir la representante departamental para participar en el calendario vendimial provincial hasta el acto central de la Fiesta Nacional de la Vendimia. En el municipio se limitaron a manifestar que están trabajando sobre el fallo de la Corte y especulan que recién la semana que viene se podrán conocer mayores precisiones

Registro de postulantes para ser Reina de Guaymallén

Precisamente este jueves, a través de las redes sociales, el municipio presentó la convocatoria, que se llevará a cabo en 10 delegaciones o subdelegaciones municipales, para la representación de las diferentes localidades.

“En cumplimiento con la resolución de la Suprema Corte de Justicia, la Municipalidad abre las inscripciones para las representantes distritales de Guaymallén, rumbo a la fiesta departamental de la Vendimia 2023″, lanzaron en el comunicado.

En este sentido, las personas interesadas deberán dirigirse a las delegaciones y subdelegaciones municipales para anotarse desde este viernes y hasta este lunes, con excepción del domingo, jornada en la que los lugares de postulación permanecerán cerrados.

Por otro lado, los días y horarios para presentarse serán los siguientes: viernes 27 enero, de 8 a 18; sábado 28 de enero, de 9 a 13; y lunes 30 de enero, de 8 a 15.

La reina de Guaymallén 2020 Sofía Grangetto participó sin corona en el Acto central de la Fiesta de la Vendimia 2022. Foto: Marcelo Rolland / Los Andes
La reina de Guaymallén 2020 Sofía Grangetto participó sin corona en el Acto central de la Fiesta de la Vendimia 2022. Foto: Marcelo Rolland / Los Andes

Cuestión de requisitos

Volviendo al tema de los requisitos de quienes se presenten, el breve comunicado oficial destaca que solamente deben ser mayores de 18 años y haber residido al menos durante los dos últimos años en el departamento. Algunos referentes vendimiales consultados por Los Andes, destacaron que son lo “más laxos posibles”, con respecto a otros departamentos.

Si bien algunas comunas tienen los mismos requisitos, como es el caso de Godoy Cruz, hay otros cuyas condiciones son más estrictas. Por ejemplo, para poder ser reina de la Capital, al igual que Santa Rosa, se debe tener, además de los dos años de residencia en el departamento y ser mayor de 18 años, tener nacionalidad argentina, acreditar estudios secundarios completos y aprobados y “representar a un barrio, club, asociación civil u organización deportiva, social o cultural con personería jurídica y asiento en la Ciudad”.

En Malargüe la situación se pone más complicada, ya que se debe cumplir con las siguientes condiciones: tener entre 18 y 25 años, poseer estudios secundarios completos; mantener una residencia mínima de dos años en Malargüe y dos requisitos más: “Ser soltera y sin hijos”.

En dónde se pueden postular las aspirantes al cetro vendimial

  • Delegación Belgrano, San José, Pedro Molina y Nueva Ciudad: Tropero Sosa 519, distrito Nueva Ciudad.
  • Delegación Buena Nueva y Capilla del Rosario: carril Godoy Cruz 6156, distrito Buena Nueva.
  • Delegación Dorrego: Paseo Dorrego Mall- Local 11 (Moldes y Acceso Sur, junto al Hipermercado ChangoMás).
  • Delegación El Bermejo y El Sauce: Avellaneda 4254, distrito El Bermejo.
  • Subdelegación Jesús Nazareno y San Francisco del Monte: Cerro Catedral 5755, barrio Los Pinos, distrito Jesús Nazareno.
  • Distrito Las Cañas: calles Estrada y Cangallo, junto al Polideportivo Quino.
  • Delegación Los Corralitos, La Primavera y Colonia Molina: Severo del Castillo 4810, distrito Los Corralitos.
  • Delegación Rodeo de la Cruz, Kilómetro 8 y Kilómetro 11: Bandera de Los Andes 10065, distrito Rodeo de la Cruz.
  • Subdelegación Puente de Hierro: Carlos Gardel y Severo del Castillo, distrito Puente de Hierro.
  • Anexo Colonia Segovia: Ruta Provincial N°24 y Buenos Vecinos, distrito Colonia Segovia.

El fallo con el que la Corte obliga a elegir a la Reina de Guaymallén

Fue este miércoles cuando se conoció el fallo en el cual la Suprema Corte de Justicia de Mendoza determinó que es inconstitucional la resolución municipal con la que había eliminado la elección y coronación de la reina de la Vendimia en Guaymallén.

Dicho fallo fue dividido de seis votos en contra de la normativa de la comuna (Dalmiro Garay, Teresa Day, Pedro Llorente, Mario Adaro, Julio Gómez y José Valerio) y uno a favor de la decisión que se había tomado por parte del municipio, firmado por Omar Palermo.

“Es evidente que si se está ante un instituto (Fiesta de la Vendimia) protegido y regulado mediante Leyes Provinciales en razón de su ser y carácter de patrimonio cultural de la Provincia, el ejercicio de las facultades políticas de legislación vinculadas con el gobierno de ese instituto, no han sido deferidas a los órganos deliberativos municipales y han quedado reservadas a la Legislatura.”

Con este argumento la Suprema Corte de Justicia decidió por mayoría declarar inconstitucional la ordenanza del Concejo Deliberante de Guaymallén a través de la cual se prohibió la realización de concursos de belleza en esa comuna entre los que incluyó la representante vendimial del departamento.

“El municipio posee atribuciones para regular aspectos de las elecciones de representantes vendimiales, que hacen a la descentralización que de dichas designaciones acepta la normativa glosada, dentro de un determinado espacio de reserva, pero dicho ejercicio de competencias, no puede tener por efecto la supresión del derecho que se intenta reglamentar, ya que dicha alteración de la sustancia del mismo, implica un exceso reglamentario vedado por el ordenamiento jurídico (vide art. 28 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución Provincial)”, establece el fallo de 131 páginas.

En concreto se declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 1 y 7 de la Ordenanza N° 9196/21 dictada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Guaymallén.

Palermo, por su parte, manifestó su voto en disidencia al considerar que la legitimidad democrática de la ordenanza, desde el punto de vista procedimental, se da en que la misma “fue dictada por una amplia mayoría del Concejo Deliberante y sin votos en contra de ninguna de las fuerzas políticas que lo conforman”.

“El peso social y democrático de una votación casi unánime de concejales y concejalas en favor de los derechos de las mujeres no puede ser irrelevante a la hora de decidir sobre su inconstitucionalidad”, marcó.

En tanto, opinó que desde un punto de vista material, “la legitimidad de la ordenanza se asienta en que expresa el modo en que la comunidad de Guaymallén entiende el respeto de los derechos y la protección reconocidos a las mujeres legal y convencionalmente.”

Entre otros puntos, el ministro de la suprema corte destacó que “la ordenanza cuestionada no excede la competencia municipal en razón de que no existe ninguna disposición provincial que obligue a los municipios a elegir reinas departamentales”.

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