La jueza que investiga el atentado contra Cristina Kirchner rechazó la recusación que planteó la querella

María Eugenia Capuchetti desestimó el pedido de los abogados de la Vicepresidenta, quienes buscan apartarla de la causa al asegurar que la magistrada no es imparcial.

La jueza está a cargo de la causa por el atentado contra Cristina Kirchner. Foto Federico Lopez Claro
La jueza está a cargo de la causa por el atentado contra Cristina Kirchner. Foto Federico Lopez Claro

La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó esta tarde la recusación en su contra presentada ayer por la querella de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en la causa en la que se investiga el atentado en su contra ocurrido el 1° de septiembre.

La magistrada elaboró un informe de 43 páginas que concluye con el rechazo a la recusación y la elevación del incidente a la sala primera de la Cámara Federal porteña, para que sea el tribunal de apelaciones el que decida si le corresponde seguir interviniendo en la causa.

Los abogados de la querella, José Manuel Ubeira y Marcos Aldazabal, le habían achacado el lunes a la jueza un accionar “como mínimo, negligente” desde “el primer día de la investigación”, cuando se reseteó el teléfono del agresor, y habían reclamado que se apartara de la causa por temor de parcialidad.

“La presunta parcialidad de la suscripta que fuera alegada por la querella, no vislumbra correlato alguno con datos objetivos de la pesquisa, que permitan fundar la posible existencia de un temor de parcialidad de esta jueza”, sostuvo la magistrada en la resolución.

Las diferencias entre Capuchetti y la querella

Las diferencias entre la jueza y la querella surgieron a partir de la línea de investigación vinculada al diputado nacional Juntos por el Cambio (JxC) Gerardo Milman, a quien un testigo dijo haberlo escuchado en un bar hacer supuestas referencias al atentado contra la vicepresidenta dos días antes de que ocurriera.

La querella siempre se quejó del hecho de que la jueza se negara a secuestrar los teléfonos celulares de las dos asesoras que acompañaba a Milman el 30 de agosto en la confitería Casablanca cuando, según un testigo de la causa, habría pronunciado la frase: “Cuando la maten yo voy a estar camino a la costa”.

La jueza expuso los motivos de aquel rechazo, que se encuentra apelado ante la Cámara Federal porteña y relató las medidas dispuestas en relación a esa pista a la vez que aseguró que aún se investiga en la causa el posible vínculo entre una de las asesoras de Milman con una persona que habría tenido vínculo con los imputados.

Antes de adentrarse en los motivos del rechazo, la jueza dedicó más de 20 páginas a realizar un repaso de cómo se desarrollaron las líneas de investigación denominadas “David-DEA”, “Joa”, “Marcodina SA”, “Carroll” y “Milman”, en el que reseñó cuáles fueron las medidas propuestas por la querella y cuáles (y en qué momento) las ejecutadas por el juzgado.

“Corresponde destacar que fueron exploradas todas las hipótesis investigativas traídas a esta sede, incluso aquellas sostenidas por la parte querellante que luego fueran desestimadas en mérito al resultado de las diligencias proyectadas y dirigidas a determinar su eventual corroboración”, sostuvo la jueza en un pasaje del informe con el que rechazó su recusación.

Al momento de adentrarse en el rechazo, afirmó: “Debo señalar que el planteo que motiva el presente pronunciamiento adolece de un vicio que impacta de manera directa en el análisis de su admisibilidad formal. Es decir, entiendo que la presentación a estudio fue realizada en forma extemporánea. De lo que deriva, perentoria e inadmisible”.

“En efecto -continuó-, si bien las referencias efectuadas por la querella hacen referencia a un cúmulo de irregularidades, también se señaló haber detectado irregularidades al inicio de la investigación (más de dos meses) que a su criterio habrían sido ‘suficientes para que la instrucción fuese remitida a otro juez’, lo que hace referencia a un momento concreto que constituiría causal de recusación sobreviniente, y permite sostener que transcurrió con holgura el plazo de 48 horas que establece la ley”.

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