Habilitan el ingreso de extranjeros por el paso Cristo Redentor pero sólo para los que tengan familiares argentinos

La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, está apuntada a la revinculación de familias. Desde Migraciones aclararon que no está permitido la circulación de turistas a través del túnel internacional.

Migraciones permite a los extranjeros entrar a Mendoza por el sistema Cristo Redentor pero sólo si tienen familiares en Argentina.  Ignacio Blanco / Los Andes
Migraciones permite a los extranjeros entrar a Mendoza por el sistema Cristo Redentor pero sólo si tienen familiares en Argentina. Ignacio Blanco / Los Andes

El Gobierno autorizó el ingreso a la Argentina de extranjeros no residentes que sean familiares directos de ciudadanos argentinos. La medida fue anunciada a través de la Disposición 3763/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Se trata de visitas temporales y “por razones de necesidad” y los viajantes podrá entrar al país por el aeropuerto internacional de Ezeiza, el de San Fernando, el puerto de la terminal de Buquebus y los cruces fronterizos Paso de los Libres – Uruguayana, Sistema Cristo Redentor, San Sebastián y Gualeguaychú - Fray Bentos.

“No es una apertura generalizada al turismo sino a personas que tengan familiares directos en Argentina para ello deberán presentar la documentación que demuestre el vínculo”, explicó a Los Andes Juan Manuel Serrano, el delegado de Migraciones en Mendoza.

“Además de los documentos tienen que presentar un PCR negativo que haya sido realizado en las últimas 72 horas en su país de origen y una nota donde explican las razones del viaje”, agregó.

Sobre este último punto Serrano aclaró que la medida está apuntada más que nada a la revinculación de familias. “Hijos que quieren visitar a sus padres, padres que quieren visitar a sus hijos, personas que quieren visitar a un familiar enfermo. Son las razones de la mayoría de los pedidos de excepción que tenemos en este momento en Migraciones”, dijo.

Además aclaró que la medida no alcanza a las personas que deben viajar por cuestiones personales. “Si son por trabajo hay que tramitarlo en el consulado y eso se deriva a Migraciones”, explicó.

Cabe destacar que el decreto establece que los viajantes deben provenir de países que “no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito”

Requisitos

  • Los viajantes deberán completar una “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”, que está disponible en la página de migraciones.
  • Un test PCR con resultado negativo con un máximo de 72 horas de anticipación.
  • Documentación que acredite el vínculo con el ciudadano argentino “Certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien precisa visitar y reserva de pasajes”.
  • Un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por Covid-19.
  • Una nota donde explique “la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará y toda otra información relevante que sea requerida”.

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