Atención PYMES: desde esta fecha se reducen las tasas de financiamiento de AFIP

Cerca de un nuevo comienzo de mes, la Afip anunció que rigen los nuevos porcentajes de las tasas de interés resarcitorio y punitorio.

AFIP, desde el 1 de abril reducen las tasas de financiamiento.
AFIP, desde el 1 de abril reducen las tasas de financiamiento.

El Ministerio de Economía anunció una reducción significativa en las tasas de financiamiento destinadas a las pequeñas y medianas empresas que buscan regularizar sus deudas fiscales.

Según la confirmación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), durante el período del 1° de abril al 31 de mayo, las tasas de interés resarcitorio experimentarán una disminución, cayendo al 12,07% mensual, en comparación con el 15,27% anterior. Además, la tasa de interés punitorio se verá reducida a un 13,93% mensual, después del previo 17,62%.

Afip. (Web)
Afip. (Web)

Esto se traduce en un interés resarcitorio diario del 0,402333% y un interés punitorio diario del 0,464333%. Sin embargo, es importante tener presente que hasta el 31 de marzo se mantendrán las tasas correspondientes al bimestre febrero-marzo, es decir, un 15,27% para los intereses resarcitorios y un 17,62% para los intereses punitorios.

En el caso de obligaciones expresadas en dólares estadounidenses o que deban pagarse según categorías u otros conceptos similares, se aplicarán tasas del 0,83% mensual para intereses resarcitorios y del 1% mensual para intereses punitorios.

El ajuste en estas tasas responde a la estrategia del Ministerio de Economía para promover el pago puntual de las obligaciones fiscales y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades a través del incumplimiento de impuestos. Para garantizar este objetivo, se ha implementado un sistema de actualización automática.

Financiamiento para PYMES con Banco Nación

Esta semana el Banco Nación comunicó por Boletín Oficial las nuevas disposiciones relacionadas con el financiamiento dirigido a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) y la reducción de la exigencia de efectivo mínimo.

Los principales cambios introducidos son los siguientes:

Creación del “Cupo MiPyME Mínimo”: Se establece un nuevo requisito denominado “Cupo MiPyME Mínimo”, el cual las entidades financieras deben cumplir para poder acceder a la reducción de la exigencia de efectivo mínimo. Este cupo implica que las entidades financieras deben destinar al menos el 7,5% de sus depósitos provenientes del sector privado no financiero en pesos para financiar proyectos de inversión y capital de trabajo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs).

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Modificación en el porcentaje de reducción de la exigencia de efectivo mínimo para las financiaciones a MiPyMEs: Se ajusta el porcentaje de reducción de la exigencia de efectivo mínimo aplicable a las financiaciones dirigidas a MiPyMEs, dependiendo del plazo de las mismas:

  • Un 40% de reducción para las financiaciones con un plazo promedio igual o superior a 36 meses.
  • Un 30% de reducción para las financiaciones con un plazo promedio inferior a 36 meses.

Estos cambios buscan incentivar y facilitar el acceso de las MiPyMEs al financiamiento, promoviendo así su crecimiento y desarrollo. Además, al vincular el cumplimiento de un requisito específico como el “Cupo MiPyME Mínimo” con la reducción de la exigencia de efectivo mínimo, se fomenta la canalización de recursos financieros hacia el sector productivo de la economía, contribuyendo a dinamizar la actividad empresarial y generar un impacto positivo en la economía nacional.

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